La publicación de la Resolución Exenta N°271 constituye un hito en el proceso de modernización del marco normativo del turismo aventura en Chile, tarea liderada desde 2024 por la Subsecretaría de Turismo y el Servicio Nacional de Turismo, con el apoyo técnico del Instituto Nacional de Normalización (INN).
Este 28 de julio se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°271 del Servicio Nacional de Turismo, que representa un avance significativo para el turismo aventura en Chile. La normativa actualiza los estándares técnicos de 15 actividades e incorpora, por primera vez, el salto bungee.
La actualización de las normas técnicas fue un proceso impulsado por la Subsecretaría de Turismo y el Servicio Nacional de Turismo, ejecutada técnicamente por el Instituto Nacional de Normalización (INN), desarrollado entre octubre de 2024 y fines de 2025.
Este marco normativo contaba con cerca de veinte años de vigencia, por lo que su actualización permite incorporar nuevos estándares de seguridad, mejoras operacionales y buenas prácticas acorde con la evolución de la industria y las referencias internacionales.
Este trabajo fue desarrollado mediante un proceso participativo que reunió a representantes del sector público, la academia, prestadores de servicios turísticos, asociaciones gremiales y especialistas en cada una de las disciplinas, permitiendo construir normas consensuadas y alineadas con la realidad de la industria.
Las quince normas técnicas actualizadas son: Montaña, Alta montaña, Deslizamiento sobre nieve en áreas no delimitadas, Excursionismo o trekking, Senderismo o hiking, Actividades ecuestres, Cicloturismo, Escalada en roca, Pesca recreativa, Observación de biodiversidad, Cañonismo, Canopy, tirolesa y/o arborismo, Sandboard, Parapente y Vehículos todo terreno.
La publicación de la Resolución Exenta N°271 en el Diario Oficial forma parte de una agenda más amplia impulsada por la Subsecretaría de Turismo y Sernatur para fortalecer el desarrollo seguro y sostenible del turismo aventura en Chile. Esta actualización normativa complementa el proyecto de Ley de Turismo Aventura, que actualmente se encuentra en etapa de recepción de indicaciones para continuar su discusión en la Comisión de Economía y avanzar en su tramitación legislativa
Al respecto, la subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos, señaló: Al respecto, la subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos, señaló: “Chile ha sido reconocido en siete ocasiones como el Mejor Destino de Turismo Aventura del Mundo en los World Travel Awards, y ese liderazgo también nos exige avanzar con decisión en seguridad. Por eso, la actualización de estas normas, que fue producto de un trabajo colaborativo con la industria, y la incorporación por primera vez del salto bungee son pasos muy importantes, que se suman al proyecto de Ley de Turismo Aventura, que ya fue aprobado en general por el Senado y sigue avanzando en su tramitación. Queremos que quienes elijan Chile para vivir estas experiencias puedan hacerlo con confianza y seguridad”.
El documento se encuentra disponible en el Diario Oficial y en el Portal de Servicios Turísticos de Sernatur, específicamente en la sección ‘Recursos’. Para acceder y descargar la resolución ingresa a la siguiente dirección: https://portalserviciosturisticos.sernatur.cl/recursos/.
El proceso permitió desarrollar dos nuevas normas: Vocabulario de Turismo Aventura y Salto Bungee.La primera unifica conceptos y criterios técnicos para el sector; la segunda, introduce por primera vez un marco regulatorio específico para el bungee en Chile, estableciendo requisitos específicos para esta actividad, considerando aspectos relacionados con instalaciones, equipamiento, competencias del personal, gestión del riesgo y protocolos de emergencia.
Para el director nacional de Sernatur, Cristóbal Benítez, “la actualización de este conjunto de normas representa un avance significativo para el sector turístico que busca mejorar las prácticas de seguridad del turismo aventura en Chile. También, por la incorporación de la norma técnica salto bungee y puenting, que es la principal novedad de este proceso porque crea, por primera vez, un estándar técnico específico para esta actividad en nuestro país”.
Esta norma establece límites para el desarrollo de la actividad salto bungee. La edad mínima para participar es de 12 años, y los menores de edad deben contar con la autorización de su padre, madre o tutor legal. Asimismo, las personas mayores de 60 años deberán presentar un certificado médico que las habilite para realizar actividades de turismo aventura. En cuanto a las condiciones físicas, se exige un peso mínimo de 40 kg y un peso máximo de 175 kg, el cual debe ser verificado en dos oportunidades antes de efectuar el salto para garantizar la seguridad de la actividad. Además, se requieren 3 guías por cada cliente que realiza el salto, entre otros.