A partir del 1 de mayo 2025 se podrá realizar la etapa de presentación de las solicitudes de calificación por parte de empresas, corporaciones y organizaciones sindicales a través del portal web de la Dirección del Trabajo y Previsión Social, lo que permitirá simplificar el procedimiento y hacer un seguimiento del proceso
Tal y como indica la normativa, cada dos años se realiza el procedimiento de calificación de empresas en que no se podrá ejercer el derecho a huelga según lo dispuesto en el artículo 362 del Código del Trabajo. Este 2025 corresponde realizar dicho proceso, el que está a cargo de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, Defensa Nacional y Economía.
Esta etapa que inicia con la presentación de las solicitudes de calificación por parte de empresas, corporaciones y organizaciones sindicales y que, a partir de este año, se podrá ejecutar a través del portal Mi DT (portal que funciona para múltiples trámites ante la Dirección del Trabajo) (https://midt.dirtrab.cl/welcome), para que los interesados puedan ingresar sus solicitudes como un trámite más ante la Dirección del Trabajo.
Este portal se habilitará automáticamente el día 1 de mayo de 2025 y permitirá una mejor gestión documental y de las notificaciones que se llevan a cabo durante el desarrollo del procedimiento.
Esta plataforma, no sólo simplifica todo el proceso de determinación de las empresas, sino que también, ordenará la presentación de documentos y les permite a los solicitantes hacer un seguimiento de su presentación por medio del portal y un número que se otorga al realizar la presentación vía web.
En este sitio, las contrapartes trabajadoras o empleadoras también podrán hacer sus observaciones a las solicitudes de sus respectivas contrapartes, mientras que las observaciones realizadas por parte de sindicatos interempresa, deberán seguir siendo ingresadas mediante las oficinas de partes de la Dirección del Trabajo. Es importante informar que las empresas, corporaciones o sindicatos, podrán presentar, de todas formas, sus solicitudes mediante oficina de partes y Secretarías Regionales Ministeriales.
El procedimiento finaliza por medio de una resolución ministerial exenta que determinará a las empresas calificadas, las no calificadas y las extemporáneas, la cual se publica en el diario oficial.