Sernac oficiará a Aguas Andinas por rotura de matriz de agua potable en la comuna Providencia

Sernac oficiará a Aguas Andinas por rotura de matriz de agua potable en la comuna Providencia

En coordinación con la SISS, el Servicio recopilará todos los antecedentes que le permitan tener conocimiento sobre si la empresa de servicios sanitarios actuó profesionalmente o si hubo algún tipo de negligencia. En base a los resultados de esta investigación, se podrá determinar si aplica solicitar compensaciones para los afectados.

Con el propósito de conocer las acciones adoptadas por Aguas Andinas tras la rotura de matriz en la comuna de Providencia, el SERNAC oficiará a la empresa de servicios sanitarios para que informe sobre las causas de la emergencia, la cantidad de afectados, los mecanismos utilizados para informar a la ciudadanía y las medidas adoptadas para enfrentar la situación.

Una vez se obtengan los antecedentes, el SERNAC podrá determinar si aplica o no solicitar compensación para los afectados, teniendo presente además que esta situación impactó gravemente el transporte público de la principal arteria de la capital.

El Servicio se encuentra en coordinación con la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) para conocer todos los antecedentes sobre la rotura de matriz, y así poder evaluar las acciones pertinentes para ir en defensa de los derechos de los consumidores.

El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, explicó que los consumidores tienen derecho a recibir un servicio de calidad y a que no se interrumpa el suministro injustificadamente. Toda empresa debe actuar con estándares de profesionalidad y por tanto debe responder si se causan daños o inconvenientes a raíz de un actuar negligente.

Se debe recordar, que en el caso del agua potable, sólo podría suspenderse el suministro por razones de fuerza mayor calificadas por la SISS, o debido a interrupciones, restricciones y racionamientos programados e imprescindibles para la prestación del servicio, los que deberán ser comunicados oportunamente al usuario.

En este sentido, la autoridad agregó que las empresas deben siempre comunicar a los consumidores en forma oportuna las medidas especiales a adoptar, si se viera afectada la calidad y/o continuidad de uno o cualquiera de los servicios públicos sanitarios, en forma directa o a través de medios de comunicación masiva.

En caso que se determine que efectivamente hubo falta de profesionalismo o negligencia por parte de las empresas, el SERNAC tomarás las acciones colectivas correspondientes con el propósito de obtener compensaciones justas y adecuadas para los consumidores por todos los daños ocasionados.